
BONIFICACIÓN DE LA CUOTA DE AUTÓNOMOS
El Ayuntamiento de Madrid, a través de “Madrid Emprende”, reintegrará, durante 18 meses, el 50% de la cuota del régimen de autónomos a los jóvenes menores de 30 años que cumplan los siguientes requisitos:
- - Haberse dado de alta en el RETA después del 1/01/12.
- - Haber presentado la solicitud.
- - Haber redactado y presentado un plan de negocio.
- - Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias.
- - No haber estado dado de alta en la misma actividad dentro de los 6 meses anteriores a la solicitud.
La declaración de beneficiario dará derecho a percibir la ayuda durante los siguientes 18 meses, siempre que se mantenga el alta en el RETA.
El pago de la ayuda se realizará con periodicidad cuatrimestral.
- Convocatoria BOCAM
- Convocatoria BOAM
- Instrucciones Elaboración Plan de Negocio
- Impreso de Solicitud de Subvención
- Documento T (Alta de Pago por Transferencia)
- Documento T-1 (Cambio de forma de pago de un expediente concreto)
- Documento T-2 (Modificación cuenta bancaria para pagos por transferencia)
Más información en los teléfonos: 91/ 480 33 16 - 91/ 513 34 23 - 91/ 513 34 63 - 91/ 531 34 98
FONDO DE INVERSIÓN
El Ayuntamiento de Madrid creará un Fondo de Inversión Municipal para financiar a empresas con elevado potencial de crecimiento. Para ello se seleccionarán los mejores proyectos de emprendedores para facilitarles financiación con el objeto de que puedan crecer y crear empleo en la Ciudad de Madrid.
La captación de proyectos se realizará a través de una convocatoria y la selección a través de un jurado de reputado prestigio.
Del Fondo de Inversión podrán beneficiarse en torno a 50 proyectos emprendedores.
El volumen de las inversiones por proyecto irá de los 20.000 a 300.000€.
ZONAS FRANCAS DE EMPRENDEDORES
Exención total de determinados tributos municipales, para las nuevas empresas del sector de Industrias Culturales y Creativas que ubiquen su negocio en los barrios de Chueca, la Latina, Huertas y otros Barrios ICC´s que se certifiquen como tal. La exención se llevará a cabo durante dos años.
La certificación de las empresas la realizará la Agencia de Desarrollo Económico “Madrid Emprende” según los criterios que se publiquen en los próximos meses.
El instrumento por el que se articulará esta exención será mediante el reintegro de las cantidades satisfechas por los diferentes conceptos tributarios.
Se entenderá como Industria Cultural o Creativa a aquellos profesionales inscritos en el Régimen Especial de trabajadores autónomos y las empresas que, independientemente de su forma jurídica, se dediquen a la producción, distribución y/o comercialización de bienes culturales en los siguiente ámbitos: artes escénicas, artes visuales, patrimonio cultural, cine, televisión, radio, videojuegos y artes interactivas, nuevos medios de comunicación, música, libros, prensa, arquitectura, diseño, diseño gráfico, diseño de moda y publicidad.
Los impuestos y tasas de cuya bonificación se beneficiarán los emprendedores ubicados en las zonas francas son los siguientes:
Tasa por la prestación del servicio de gestión de residuos urbanos (tasa de basuras).
Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras correspondiente a las obras que se realicen en los locales situados en la Zona Franca por los emprendedores para la realización sus actividades
Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, siempre que se trate de vehículos afectos a la actividad que se inicie en la “Zona Franca de Emprendedores” y no sean vehículos turismos con más de 11,99 caballos fiscales.
BONIFICACIÓN DEL IAE
El Ayuntamiento de Madrid establecerá una bonificación del 50 por 100 en el Impuesto sobre Actividades Económicas, de tal forma que durante los 4 primeros años de actividad de las nuevas microempresas, resulten exentas durante los dos primeros años, y bonificadas en el máximo que permite la ley actual durante los dos años siguientes (el 50 por 100). Y ello siempre que su facturación supere el millón de euros anuales, ya que en otro caso seguirán estando exentas del impuesto.


